
Foto por Karolina Grabowska desde Pexels
La pandemia del COVID-19 que está afectando alrededor del mundo y que ha destrozado la economía mundial se ha intentado minimizar con medidas económicas con el objetivo de incentivar la economía. Una de estas medidas ocurrió en el 2020 y es la tan reconocida Ley Cares. Este paquete económico es uno de los más grandes de la historia de Estados Unidos teniendo un costo de $2.2 miles de billones de dólares. No siendo suficiente, el 27 de diciembre de 2020, el antes presidente de Estados Unidos, Donald Trump, firmó otro paquete económico llamado “Consolidated Appropriations Act, 2021” con un costo de $900 billones de dólares donde extiende y enmienda ciertas partidas de la pasada Ley Cares.
No obstante el tamaño de ambos paquetes económicos, la mayoría de las personas solo conocen los Pagos de Impacto Económico mejor conocido como “los $1,200” o “los $600”. Sin embargo, ahora ya que el periodo para desembolsar los Pagos de Impacto Económico ha terminado, muchas personas aún no lo han recibido, ya sea porque no tenían la obligación de llenar una planilla o simplemente nunca le llegaron, sea cual sea la razón.
Los miles de mensajes que tiene la página de Facebook del Departamento de Hacienda de personas con dudas sobre los Pagos de Impacto Económico redundan en dos preguntas: Si deben radicar la planilla 2020 para recibir los $1,200 o $600 y/o por qué deben rendir la planilla 2020 para recibir los $1,200 o $600. El Departamento de Hacienda nunca ha dado una respuesta a la segunda pregunta.
Después de leer este artículo, espero que puedan entender mejor la razón por la cual deben rendir la planilla 2020 si no recibiste ninguno y/o una cantidad menor de la que eras elegible para recibir.
¿Qué tiene que ver la Ley Cares con los $1,200 y $600?
La Sección 2201 de la Ley Cares creó la Sección 6428 en el Subcapítulo B, capitulo 65 del Subtitulo F del Código de Rentas Internas Federal de 1986. Esta Sección 6428 habilitó un crédito llamado “Crédito de recuperación de reembolso” (en inglés, Recovery Rebate Credit). El apartado (a) crea este crédito al decir lo siguiente:
“In the case of an eligible individual, there shall be allowed as a credit against the tax imposed by subtitle A for the first taxable year beginning in 2020 an amount equal to the sum of—
(1) $1,200 ($2,400 in the case of eligible individuals filing a joint return), plus
(2) an amount equal to the product of $500 multiplied by the number of qualifying children (within the meaning of section 24(c)) of the taxpayer”.
Este apartado (a) dice que el crédito debe ser permitido contra la contribución del Subtitulo A del Código de Rentas Internas Federal empezando en el año 2020. La cantidad del crédito es de $1,200 ($2,400 en el caso de casado que rinde en conjunto) más $500 por hijo elegible (menores de 17 años).
Todo esto significa que los $1,200 y $500 por hijo elegible proviene de la nueva Sección 6428 como un crédito contributivo para el año 2020. En la Sección 272 de la “Consolidated Appropriations Act, 2021” que firmó Donald Trump créo una Sección 6428A con el propósito de aumentar la cantidad del crédito del apartado (a) de la Sección 6428 por $600 ($1,200 si es casado que rinde en conjunto) y $600 por hijo calificado (menores de 17 años).
La misma Sección 6428 y 6428A permitió que el Tesoro Federal adelantara el pago de este crédito con el nombre de “Pago de Impacto Económico”. Esto quiere decir que los pagos de $1,200 y $600 que recibieron las personas es meramente un adelanto del crédito contributivo llamado “Crédito de recuperación de reembolsos” que toda persona elegible podía reclamar en su planilla 2020.
Si la Sección 6428 y 6428A no hubiera permitido el adelanto del pago de este crédito, ninguna persona hubiera recibido los famosos $1,200 ni los $600 hasta que no radicaran su planilla 2020.
¿Por qué ya no puedo recibir los $1,200 ni los $600 sin tener que rendir la planilla 2020?
Esto es muy buena pregunta y es una que constantemente las personas se preguntan en la página de Facebook del Departamento de Hacienda. La razón por la cual ya no se puede recibir los $1,200 ni $600 sin rendir la planilla 2020 es porque la Ley Cares (Sección 6428) y la “Consolidated Appropriations Act, 2021” (Sección 6428A) tenían una fecha límite para efectuar los Pagos de Impacto Económico de $1,200 y $600, respectivamente. En el caso de la Sección 6428(e)(3)(A), la fecha limite era el 31 de diciembre de 2020 y en el caso de la Sección 6428A(f)(3)(A)(ii)(I) era el 15 de enero de 2021.
Por lo tanto, si usted no recibió los $1,200 y/o $600 o recibió una cantidad menor y ya pasaron esas fechas, usted debe rendir una planilla 2020 para poder reclamar el “crédito de recuperación de reembolsos” (en inglés, Recovery Rebate Credit) que es originalmente lo que representa los $1,200 y $600. Recuerde que los Pagos de Impacto Económico solo fueron pagos adelantados de ese crédito reembolsable.
¿Por qué cuando lleno la planilla 2020 no recibo los $1,200 y $600 por completo?
La razón puede ser porque tu contribución a pagar fue muy alta y tus retenciones u otros créditos no fueron suficientes para pagar toda la contribución adeudada. Por consiguiente, se tiene que usar parte o todo el crédito de recuperación de reembolsos (mejor conocido como $1,200 o $600) para pagar la contribución a pagar restante. Si aún no entiendes, quizás este ejemplo te ayude a entender:
Ejemplo 1
Juan del Pueblo tiene un salario de $40,000 y le retuvieron $1,000 en el origen. Juan es soltero y no tiene ningún dependiente. Juan no tiene derecho a ningún otro crédito contributivo salvo el “Crédito de recuperación de reembolsos” creado por la Ley Cares ($1,200 y $600). Juan nunca recibió los $1,200 ni los $600. Suponga que la contribución a pagar de Juan es de $2,730.
Solución:
Juan debe llenar el Anejo B3 para poder reclamar los $1,200 y $600 que no recibió de los Pagos de Impacto Económico. En total, Juan tiene derecho a reclamar $1,800 del “crédito de recuperación de reembolsos”.
Una vez llenado el Anejo B3, todos los créditos y retenciones, incluyendo el crédito de recuperación de reembolsos, deben ser restados contra la contribución adeudada y de haber un exceso, el resto se le reembolsa al contribuyente como reintegro.
Contribución adeudada | $2,730 |
Créditos y/o Retenciones en el origen | 1,000 |
Contribución adeudada después de los créditos y/o retenciones en el origen | $1,730 |
Menos: Crédito de recuperación de reembolsos” | 1,800 |
Reintegro de Juan (Beneficio Neto) | $70 |
Puede escucharse amargo, pero Juan del Pueblo no va a recibir los $1,800 que hubiera recibido si hubiera recibido los $1,200 y $600 cuando se adelantaron en los Pagos de Impacto Económico. No obstante, el impacto económico es el mismo ya sea que haya recibido los $1,200 y $600 o no.
Para ilustrar, supongamos ahora que Juan recibió los adelantos de $1,200 y $600 como Pago de Impacto Económico.
Contribución adeudada de Juan después de los créditos y/o retenciones en el origen | $1,730 |
Menos: Crédito de recuperación de reembolsos | $0 |
Contribución adeudada | $1,730 |
Suponiendo que Juan del Pueblo usa los $1,800 recibidos en los Pagos de Impacto Económico para pagar su contribución adeudada, Juan se quedaría igual al tener un beneficio neto de $70. La única diferencia es que, si los hubiera recibido como adelanto, Juan podía comprarse productos o servicios para incentivar la economía y después devolverlos al Gobierno cuando pague su contribución adeudada. Ese era el propósito por la cual se hizo estos pagos adelantados del “Crédito de recuperación de reembolsos”.
En contraste, si usted no tiene ingresos o no tiene contribución adeudada, usted tiene un beneficio equivalente a la cantidad que recibiste o que vas a reclamar en la planilla 2020 si no los recibiste y/o te dieron la cantidad incorrecta.